BONIFICACIÓN Y FINANCIACIONES DE ESTUDIOS
SISTEMA DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO
Está diseñado para mejorar y actualizar la calificación profesional y la competitividad de los trabajadores. Todas las empresas tienen derecho a una ayuda económica para formación, que se hace efectiva a través de las bonificaciones a las cotizaciones de la Seguridad Social. La bonificación mínima es de 420 euros y aumenta en función del volumen de la empresa.
Solo pueden bonificarse los costes de los cursos correspondientes a los alumnos que cotizan en el RÉGIMEN GENERAL (los autónomos están excluidos).
- ¿CÓMO LO TENGO QUE HACER?
La empresa puede decidir qué formación necesita, cuándo hacerla o con quién la quiere hacer y gestionarla ella misma o buscar la colaboración de una entidad organizadora de cursos y delegar todos los trámites. El año 2006, el Col·legi de Farmacèutics de Barcelona se constituyó como entidad organizadora y desde entonces, de forma gratuita, se encarga de hacer los trámites para recuperar el crédito anual de las empresas que participan en los cursos que organiza.
- ¿ENTRAN TODOS LOS CURSOS?
Se trata de los que figuran en el programa con la denominación BONIFICABLE porque se ajustan a las condiciones que marca el Sistema de Formación Profesional para el Empleo.
- PASOS A SEGUIR
15 días hábiles antes de que empiece el curso al cual queréis inscribir a algún empleado, tenéis que presentar al Col·legi la documentación siguiente:
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Adhesión al Contrato de encomienda de organización, firmado y sellado por el titular o representante legal de la empresa. Es muy importante enviar esta documentación original y por duplicado al Col·legi.
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Formulario con los datos de los asistentes (todos los datos solicitados aparecen en la hoja de salario del trabajador).
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Contrato de encomienda de organización. Este documento lo tenéis que leer para firmar la adhesión.
Los documentos tienen que estar rellenados, firmados y sellados por el titular o representante legal de la empresa.
Si la empresa tiene representación legal de los trabajadores (comité de empresa o delegados de personal), tiene obligación de anunciar por escrito a los representantes legales de los trabajadores la realización del curso 15 días antes del inicio.
IMPORTANTE: Una vez se haya presentado esta documentación al Col·legi, para los próximos cursos bonificados solo habrá que presentar, 15 días hábiles antes del inicio del curso, el formulario con los datos de los asistentes.
- OTROS ASPECTOS ECONÓMICOS
La reforma del mes de marzo de 2015 de la legislación que regula la formación bonificada implica que las empresas tendrán que tener en cuenta los siguientes puntos:
El cálculo del crédito formativo anual para las empresas no ha cambiado; el mínimo continúa siendo de 420 €, pero ha cambiado la manera de bonificarlo en los cursos. Ahora se aplican los módulos económicos a todas las formaciones y a todas las empresas, independientemente del número de trabajadores que tengan.
Módulos económicos:
MODALIDAD DE IMPARTICIÓN | NIVEL DE FORMACIÓN |
Nivel Básico | Nivel mediano/superior |
Presencial | 9 euros/hora lectiva | 13 euros/hora lectiva |
Teleformación online | 7,5 euros/hora lectiva |
Mixta | Se aplicarán los módulos económicos en función de las horas de formación presencial y online que tenga la acción formativa |
Por lo tanto, aunque no se pueda bonificar la totalidad de la matrícula, las empresas tendrán que garantizar la gratuidad de la formación a sus trabajadores.
- Curso presencial de 10 horas que vale 200 € y participa un trabajador de la empresa: la bonificación máxima será de 130 € (10 horas* 13€/hora* 1 trabajador)
Curso online de 12 horas que vale 150 € y participa un trabajador de la empresa: la bonificación máxima será de 90 € (12 horas* 7,5€/hora* 1 trabajador) -
Si queréis aclarar alguna duda o algún punto que no queda lo bastante explícito, poneos en contacto con el Departamento de Formación y Desarrollo Profesional llamando al teléfono 93 2440713 o escribiendo a la dirección de correo electrónico cpineda@cofb.net