Sesión informativa sobre el reglamento de biocidas

test-tubes-1440960A partir del 1 de septiembre de este año, un biocida que esté compuesto por, o genere, una sustancia pertinente no podrá comercializarse a menos que: el proveedor de la sustancia, o el proveedor del biocida figure en la lista de sustancias activas y proveedores para el tipo o tipos de producto pertinentes. El 8 de junio, el COFB acogió una jornada informativa sobre reglamento de biocidas. A lo largo de la sesión se conocieron cuáles son los requisitos del nuevo reglamento europeo (BPR) y las novedades comentadas en el último congreso europeo de biocidas. Asimismo, se explicó cómo fabricantes e importadores no implicados en el programa de revisión de la legislación previa deben presentar determinada información antes de esa fecha para poder seguir comercializando sus biocidas. La jornada también permitió saber qué requisitos establece el Ministerio o la Agencia del Medicamento a notificar al proveedor autorizado antes de esa fecha y qué recoge el artículo 95 del BPR.

En la sesión informativa, por otra parte, se trató la situación de las sustancias activas (requisitos de autorización de los productos biocidas), la situación de los "cosméticos biocidas" (desinfectantes, repelentes de insectos y pulseras antimosquitos, entre otros), y se dieron ejemplos prácticos de autorización de productos con permetrina, povidona yodada, clorexidina y alcohol.

Las docentes de la jornada fueron Rosa Beaus, directora de B&B Asesores y consejera de seguridad de empresas del sector químico, y Mercè Camps, directora Gabinete Técnico Farmacéutico M. Camps.

[box type=”shadow” ] Se entiende por biocida:

  • toda sustancia o mezcla, en la forma en que se suministra al usuario, que esté compuesto por, o genere, una o más sustancias activas, con el fin de destruir, contrarrestar o neutralizar cualquier organismo nocivo, o de impedir su acción o ejercer sobre él un efecto de control de otro tipo, por cualquier medio que no sea mera acción física o mecánica.
  • toda sustancia o mezcla generada a partir de sustancias o mezclas distinta a las contempladas en el primer guión, destinada a ser utilizada con la intención de destruir, contrarrestar o neutralizar cualquier organismo nocivo, o de impedir su acción o ejercer sobre él un efecto de otro tipo, por cualquier medio que no sea una mera acción física o mecánica.

Fuente: Ministerio de Sanidad [/box]

Más información sobre el biocidas (vía Ministerio de Sanidad)

 

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